Nada sobre nosotrxs sin nosotrxs

BLOG DE ARTÍCULOS - LANPUD

mayo 5, 2025
Laura Blanco

Estructura y coyuntura de la Política de Drogas en Uruguay

La política de Estado en materia de drogas ha sido, a lo menos, inconsistente en las últimas décadas. En el entendido de que lo que no está prohibido está permitido, Uruguay se diferencia del resto de los países de la región por la descriminalización del consumo y uso de sustancias: las legales que se consumen y las ilegales que se usan.
abril 17, 2023
Rau Valencia Artículos

Palabras explícitas para una buena imaginación

La experiencia sin duda alguna es nuestra mayor herramienta conceptual y política; vivir con VIH, transitar a persona no binaria y ser usuarie de drogas me dan las bases para hoy plantearme reflexiones diferentes y distantes al discurso un poco biomédico y limitante de la salud sexual mal acuñada con lo reproductivo; hoy mi lugar de enunciación antes mencionado camina en el horizonte de la salud sexual y recreativa.
marzo 7, 2022
Jessica Morales

Guatemala y su política de drogas en la edad oscura

La edad media, también conocida como edad oscura, se refiere a un periodo comprendido entre los siglos V y XV en el que la cultura occidental se sumió en la ignorancia, superstición y teocracia. Se considera un periodo falto de razón y coraje, en donde la humanidad se vio inmersa en un manto traslucido de miedo (Imaginario, 2019).
febrero 16, 2021
Francesca Brivio Grill

Cannabis y Libertades

La cannabis se debería despenalizar según su uso. Si bien se prioriza la lucha del uso medicinal por haber una urgencia de salud, no dejan de ser muy importantes las libertades personales. Una adulta debería poder escoger si quiere fumar un cigarrillo de cannabis -que es lo mismo a decir marihuana- o tomarse unas copas. La educación es la clave, hay que hablar con menores para explicarles que no deben de fumar, que su cerebro está en desarrollo, que hay muchas sustancias que no deben de usar: drogas lícitas e ilícitas.
febrero 10, 2021
Laura Blanco

En Uruguay: modificaciones e incorporaciones en la LUC sobre la normativa de Drogas

Distraídos y dispersos, la LUC nos ha perjudicado en diversas formas. El nuevo Código de Procedimiento Abreviado agrava las circunstancias de los juicios por delitos de drogas. La redacción de algunos artículos es tan vaga, que los usuarios de drogas podríamos quedar excluidos de cualquier espectáculo público. Las penas a delitos de drogas han aumentado en mínimos y máximos. Volvimos a la la redacción del articulo 31 de la 14.294 en lo que respecta a la «sana crítica» del juez, entre otras agravantes, informados y conscientes, podremos volver al camino de las reivindicaciones en nuestros derechos y a oponernos a la pérdida de lo conquistado.
agosto 5, 2020

Ponencia-Taller HIV2020: La defensa de los derechos en el mundo y el fortalecimiento de movimientos nacionales

Hola a todes, buenos días, tardes o noches, donde estén en el mundo. Mi nombre es Ernesto Cortés, soy miembro de LANPUD de Costa Rica en Centroamérica. LANPUD se fundó en 2009 y su primera Asamblea se celebró en 2012 en Salvador de Bahía, Brasil, en la que se presentó el Manifiesto de Salvador. Nuestra segunda Asamblea fue en 2015 en Santa Marta, Colombia, que produjo la Carta de Taganga, mirando hacia la Sesión Especial sobre Drogas de la Asamblea de las Naciones Unidas (UNGASS) en 2016.
abril 22, 2020
Verónica Russo

Cuarentena para las personas que usamos sustancias psicoactivas ilegales

Como comenzar a redactar nuestra realidad, quizá, temiendo  a las respuestas y/o cometarios que vamos recibir, dando este testimonio. ¿De cómo pasamos nuestra cuarentena, las personas que usamos sustancias sicoactivas ilegales? Claramente tan o más invisibles de lo que somos diariamente por fuera de esta pandemia.
abril 12, 2020

Recomendaciones de PUD para la respuesta al COVID-19 en América Latina

Desde la Red Latinoamericana y del Caribe de Personas que Usan Drogas (LANPUD), partimos del hecho que el uso de drogas es transversal de todas nuestras comunidades, y es gracias al estigma y la criminalización que hemos sido invisibilizadas históricamente como ciudadanos y ciudadanas sujetos de derechos. Esta es una crisis que nos debe llevar a repensar el grado de vulnerabilidad social en que se encuentra la gran mayoría de la población en nuestra región, especialmente aquellas personas que viven en mayores condiciones de vulnerabilidad.
marzo 2, 2020
Erwing Szokol

PARAGUAY NO TIENE MAR, PERO TIENE MAR-IGUANA. Contexto histórico y situación de las personas usuarias de drogas

Historia reciente y memorias del narcotráfico. La producción paraguaya de mariguana (cannabis, yoin, estón, ka’a vy’a[2]) históricamente abastece a Argentina y Brasil. El tráfico a Uruguay disminuyó con su nueva política de drogas y muy pocos cargamentos siguen yendo para Chile. Paraguay es el principal productor de cannabis de sudamérica[3]. En todos estos países se conoce como “paraguayo” a la mariguana prensada del narcotráfico. También Paraguay se constituyó en un país de paso para el clorhidrato de cocaína (merca, tiki, were, el purete) y heroína[4]. La triangulación de sustancias psicoactivas puede rastrearse desde la época de la dictadura[5] con vuelos directos a grandes ciudades del continente americano y de Europa[6].
febrero 18, 2020
Maricela Perdomo

HONDURAS: 30 años entre el narcotráfico y una política de drogas arcaica

Honduras es un territorio con alrededor de 9 millones de habitantes, su posición geográfica la ubica entre los océanos atlántico y pacífico en el corazón de Centroamérica y es puente entre el norte y el sur de las Américas. Fue entre las décadas de los 70´s y 90´s que la necesidad de ubicar rutas más efectivas entre los países productores y consumidores para el tráfico de drogas penetró en Honduras -siendo la cocaína la sustancia ilícita con el mercado más grande de consumidores en EEUU.
febrero 12, 2020

COMPRANDO MIEDO: Personas Usuarias de crack en Costa Rica

“Comprando miedo” es una de las frases que utilizan las personas que usan crack para referirse al hecho de comprar una droga que puede llevarles a experimentar estados de desasosiego o paranoia luego del uso. Aun así, mucho de este miedo que pueden experimentar las personas que usan crack no se debe solo al efecto que produce la sustancia, sino al hecho que son de las poblaciones usuarias de drogas que sufren de un mayor estigma y discriminación por parte de las autoridades y la sociedad en general, así como de una violencia directa por parte de los vendedores y traficantes de crack.
febrero 12, 2020

Estigma y Drogas, un siglo de dogma y política en Ecuador

¿Se han puesto a pensar que los sectores prohibicionistas, conservadores, retardatarios, antiderechos y otros de como estos, suelen inventar estigmas ridículos contra las poblaciones históricamente vulneradas y vulnerables? Para el padre de la microsociología, Erving Goffman (1980), el estigma reduce las posibilidades de desarrollo personal de las y los miembros de un grupo, al categorizarlos (las) bajo atributos negativos[1]. Esas características muchas veces son inexistentes, las cuales vienen solo de la visión reduccionista, limitada y esquizofrénicamente moral de quienes se oponen a la investigación, la evidencia y el ejercicio de los derechos universales que ontológicamente pertenecerían a todas y todos.

La política de Estado en materia de drogas ha sido, a lo menos, inconsistente en las últimas décadas. En el entendido de que lo que no está prohibido está permitido, Uruguay se diferencia del resto de los países de la región por la descriminalización del consumo y uso de sustancias: las legales que se consumen y las ilegales que se usan.
La legislación vigente en Uruguay es el Decreto Ley 14.294, del 31 de octubre de 1974, nuestra Ley de Estupefacientes, contemporánea de todas las leyes de estupefacientes que sembraron violencia, muertes, desplazamientos forzados y fumigaciones financiadas por el gran patrocinador de la GUERRA CONTRA LAS DROGAS, y nuevo colonizador de los países al sur del Río Bravo, que termina siendo el gran consumidor, patrocinador y beneficiario de las operaciones «no legales» que nos obligan a combatir, en tanto se beneficia de la plusvalía no fiscalizada en los países del norte, obtenida de la comercialización (también ilegal y exenta de impuestos) de la producción de campesinos maltratados y peor pagados de los países de América Latina y el Caribe.
No contentos con esto, y ya en plena democracia, como consecuencia de la Convención de las Naciones Unidas contra el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas 1988, digna de una lectura si están dispuestos a enfrentarse a la hipocresía y al sinsentido, comienza introduciendo una larga convención de 34 artículos con el siguiente texto: «Las Partes en la presente Convención, profundamente preocupadas por la magnitud y la tendencia creciente de la producción, la demanda y el tráfico ilícitos de estupefacientes y sustancias sicotrópicas, que representan una grave amenaza para la salud y el bienestar de los seres humanos y menoscaban las bases económicas, culturales y políticas de la sociedad», sosteniendo que la prohibición es la única opción para preservar la salud pública, incorporando la extradición y la «colaboración» entre Estados para la lucha contra este «flagelo».

Y fue entonces cuando comenzaron los parches al Decreto Ley 14.294, primero con la Ley 17.016 de 1998, que sustituyó varias de las normas de la ley de estupefacientes original e incluyó cinco nuevos capítulos, todos tendientes a la política de reducción de la demanda y a la prohibición de las sustancias que aún hoy siguen incorporándose a las listas I, II y III.
Desde entonces, los legisladores siguieron agregando parches a los parches, promulgando leyes adicionales, a saber, la Ley 18.046 de 2006, que introdujo algunas reformas en relación con los bienes confiscados, creando el «Fondo de Bienes Decomisados de la Junta Nacional de Drogas», y la legislación para el tema de lavado de dinero con la Ley 17.835 de 2004, dos actividades que, de no existir la prohibición, quedarían solo circunscritas a otros intereses económicos del crimen organizado, como el tráfico de influencias, armas, órganos, personas, mercaderías legales, criptomonedas sin respaldo y vaciamiento de empresas, pero ese no es el tema de este artículo.

Y el próximo retazo que se le agrega al Decreto Ley 14.294 viene de la mano de la Ley 18.494 de 2009. Tradicionalmente se ha entendido que el bien jurídico preservado por las figuras penales dispuestas en la legislación sobre estupefacientes es la «salud pública» exclusivamente. Sin embargo, en virtud de la reforma que incluye las normas relativas al «lavado de dinero», se agrega el «orden económico del Estado» como bien jurídico protegido por esta legislación.

La nueva ley para la regulación del cannabis, Ley 19.172 de Regulación y Control del Cannabis, promulgada el 20 de diciembre de 2013, modifica el artículo 3 de la Ley 14.294 de 1974 en lo relacionado con la plantación, cultivo, cosecha y comercialización del cannabis, pero adolece de una falta mayúscula: la exclusión de la lista I, en la que la Convención Única de Viena de 1961 incluyó CANNABIS Y SU RESINA Y LOS EXTRACTOS Y TINTURAS DE CANNABIS, lista que la Comisión de Estupefacientes ratificó en 1999, lo que le impide ingresar al vademécum nacional como medicamento regulado.

Esta larga y tortuosa pretensión de controlar no el uso, sino la producción y comercialización de sustancias que tienen los legisladores, y la actitud punitiva de muchos magistrados a los que las legislaciones han habilitado a usar «su sano juicio», no hace más que perjudicar a los usuarios y penalizar a aquellos que no acceden a integrarse a un mercado regulado de sustancias.

Se fomenta la persecución y criminalización de personas, aumentando el estigma tanto social como estructural. Se lesionan y violan los derechos humanos, castigando a los productores y/o facilitadores de sustancias por sus actividades. Se incumple con la obligación del Estado de tutelar las libertades individuales y proteger el derecho a la salud de todos los habitantes, sean ciudadanos naturales, residentes legales o provisorios, o extranjeros que permanecen en el país por cortos períodos de tiempo. En el entendido de que las sustancias existen y se distribuyen, mientras el Estado hace caso omiso de la situación, promoviendo el riesgo sanitario por no dar acceso a la dispensación de estupefacientes con los necesarios controles de calidad, actividad que sí se realizaba con la cocaína y las anfetaminas a principios del siglo pasado, ambas disponibles en las farmacias, las segundas de venta libre. La situación excepcional se da con los derivados de los opioides y los psicofármacos, como las benzodiacepinas y otros, que se recetan y proporcionan en todo el sistema integrado de salud, ya sea público o privado.

La falta de regulación de las sustancias promueve la violencia tanto para el usuario, que en muchos casos debe someterse a situaciones de riesgo para conseguirla, como entre las organizaciones que se encargan de satisfacer la oferta de formas no convencionales. Esta violencia está directamente vinculada a las condiciones en que se comercializan, con la excepción limitada del cannabis, que, si bien está regulado por la ley, no ha logrado, a 11 años de su promulgación, satisfacer la demanda interna, promoviendo que los productores (cultivadores, clubes cannábicos o, como sucedió en el pasado reciente, licenciatarios para la dispensación en farmacias) sean víctimas de robos de forma constante.

La Ley de Urgente Consideración N.° 19.889, promulgada el 9 de julio de 2020, introduce modificaciones al Decreto Ley 14.294, aumentando las penas de los delitos vinculados a estupefacientes; es criminalizadora y va en sentido opuesto a la política de drogas que se venía desarrollando en los años anteriores, estableciendo agravantes y modificando muchos artículos de las leyes mencionadas ut supra. Los detalles vinculados a estas modificaciones que nos afectan como usuarios y productores fueron detallados en el artículo anterior; véase «Modificaciones e incorporaciones en la LUC sobre la normativa de Drogas».

La excesiva penalización de delitos vinculados a las drogas deriva en una sobrepoblación de los centros penitenciarios, en donde, una vez más, se violan los derechos humanos, se estigmatiza al usuario y se deterioran las posibilidades de desarrollo integral de las personas encarceladas, quienes, una vez liberadas, ven sus posibilidades de inserción social aún más deterioradas. La situación de violación de los derechos humanos de las personas encarceladas ha sido denunciada en el último Informe de Amnistía Internacional sobre Uruguay.

El constante aumento de los habitantes de calle y de las personas sin hogar que necesitan asistencia social y un refugio para solucionar la falta de vivienda también aumenta los riesgos y los daños por el uso de sustancias (tanto legales como ilegales), que más que para gestionar un placer, se consumen para sobrellevar la situación en la que se encuentran y superar la falta de alimentos.

 

Hoy, 3 de mayo de 2025, se realiza en todo el planeta y en más de 300 ciudades la Marcha Mundial de la Marihuana, por los reclamos que millones de usuarios y productores tienen que hacer a sus respectivos gobiernos. Quedamos atentos a lo que consideren hay que reclamar al nuestro, para que el próximo sábado 23 de mayo, cuando se marche en Montevideo, los reclamos sean los de todos y las propuestas a las nuevas autoridades sean las que estamos necesitando para una mejor implementación y disfrute de nuestra amada planta. Tengamos presente que el momento de proponer cambios es hoy. ¡Buenos humos y mejores cosechas!

EDICION-LIMITADA
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Cuando nos movilizamos… ¡Lo logramos!

Laura Blanco de León. 

Representante de LANPUD en Uruguay para INPUD, Red Internacional de Personas de Usamos Drogas. 

 

mayo 5, 2025
Laura Blanco

Estructura y coyuntura de la Política de Drogas en Uruguay

La política de Estado en materia de drogas ha sido, a lo menos, inconsistente en las últimas décadas. En el entendido de que lo que no está prohibido está permitido, Uruguay se diferencia del resto de los países de la región por la descriminalización del consumo y uso de sustancias: las legales que se consumen y las ilegales que se usan.
abril 17, 2023
Rau Valencia Artículos

Palabras explícitas para una buena imaginación

La experiencia sin duda alguna es nuestra mayor herramienta conceptual y política; vivir con VIH, transitar a persona no binaria y ser usuarie de drogas me dan las bases para hoy plantearme reflexiones diferentes y distantes al discurso un poco biomédico y limitante de la salud sexual mal acuñada con lo reproductivo; hoy mi lugar de enunciación antes mencionado camina en el horizonte de la salud sexual y recreativa.
marzo 7, 2022
Jessica Morales

Guatemala y su política de drogas en la edad oscura

La edad media, también conocida como edad oscura, se refiere a un periodo comprendido entre los siglos V y XV en el que la cultura occidental se sumió en la ignorancia, superstición y teocracia. Se considera un periodo falto de razón y coraje, en donde la humanidad se vio inmersa en un manto traslucido de miedo (Imaginario, 2019).
febrero 16, 2021
Francesca Brivio Grill

Cannabis y Libertades

La cannabis se debería despenalizar según su uso. Si bien se prioriza la lucha del uso medicinal por haber una urgencia de salud, no dejan de ser muy importantes las libertades personales. Una adulta debería poder escoger si quiere fumar un cigarrillo de cannabis -que es lo mismo a decir marihuana- o tomarse unas copas. La educación es la clave, hay que hablar con menores para explicarles que no deben de fumar, que su cerebro está en desarrollo, que hay muchas sustancias que no deben de usar: drogas lícitas e ilícitas.
febrero 10, 2021
Laura Blanco

En Uruguay: modificaciones e incorporaciones en la LUC sobre la normativa de Drogas

Distraídos y dispersos, la LUC nos ha perjudicado en diversas formas. El nuevo Código de Procedimiento Abreviado agrava las circunstancias de los juicios por delitos de drogas. La redacción de algunos artículos es tan vaga, que los usuarios de drogas podríamos quedar excluidos de cualquier espectáculo público. Las penas a delitos de drogas han aumentado en mínimos y máximos. Volvimos a la la redacción del articulo 31 de la 14.294 en lo que respecta a la «sana crítica» del juez, entre otras agravantes, informados y conscientes, podremos volver al camino de las reivindicaciones en nuestros derechos y a oponernos a la pérdida de lo conquistado.
agosto 5, 2020

Ponencia-Taller HIV2020: La defensa de los derechos en el mundo y el fortalecimiento de movimientos nacionales

Hola a todes, buenos días, tardes o noches, donde estén en el mundo. Mi nombre es Ernesto Cortés, soy miembro de LANPUD de Costa Rica en Centroamérica. LANPUD se fundó en 2009 y su primera Asamblea se celebró en 2012 en Salvador de Bahía, Brasil, en la que se presentó el Manifiesto de Salvador. Nuestra segunda Asamblea fue en 2015 en Santa Marta, Colombia, que produjo la Carta de Taganga, mirando hacia la Sesión Especial sobre Drogas de la Asamblea de las Naciones Unidas (UNGASS) en 2016.
abril 22, 2020
Verónica Russo

Cuarentena para las personas que usamos sustancias psicoactivas ilegales

Como comenzar a redactar nuestra realidad, quizá, temiendo  a las respuestas y/o cometarios que vamos recibir, dando este testimonio. ¿De cómo pasamos nuestra cuarentena, las personas que usamos sustancias sicoactivas ilegales? Claramente tan o más invisibles de lo que somos diariamente por fuera de esta pandemia.
abril 12, 2020

Recomendaciones de PUD para la respuesta al COVID-19 en América Latina

Desde la Red Latinoamericana y del Caribe de Personas que Usan Drogas (LANPUD), partimos del hecho que el uso de drogas es transversal de todas nuestras comunidades, y es gracias al estigma y la criminalización que hemos sido invisibilizadas históricamente como ciudadanos y ciudadanas sujetos de derechos. Esta es una crisis que nos debe llevar a repensar el grado de vulnerabilidad social en que se encuentra la gran mayoría de la población en nuestra región, especialmente aquellas personas que viven en mayores condiciones de vulnerabilidad.
marzo 2, 2020
Erwing Szokol

PARAGUAY NO TIENE MAR, PERO TIENE MAR-IGUANA. Contexto histórico y situación de las personas usuarias de drogas

Historia reciente y memorias del narcotráfico. La producción paraguaya de mariguana (cannabis, yoin, estón, ka’a vy’a[2]) históricamente abastece a Argentina y Brasil. El tráfico a Uruguay disminuyó con su nueva política de drogas y muy pocos cargamentos siguen yendo para Chile. Paraguay es el principal productor de cannabis de sudamérica[3]. En todos estos países se conoce como “paraguayo” a la mariguana prensada del narcotráfico. También Paraguay se constituyó en un país de paso para el clorhidrato de cocaína (merca, tiki, were, el purete) y heroína[4]. La triangulación de sustancias psicoactivas puede rastrearse desde la época de la dictadura[5] con vuelos directos a grandes ciudades del continente americano y de Europa[6].
febrero 18, 2020
Maricela Perdomo

HONDURAS: 30 años entre el narcotráfico y una política de drogas arcaica

Honduras es un territorio con alrededor de 9 millones de habitantes, su posición geográfica la ubica entre los océanos atlántico y pacífico en el corazón de Centroamérica y es puente entre el norte y el sur de las Américas. Fue entre las décadas de los 70´s y 90´s que la necesidad de ubicar rutas más efectivas entre los países productores y consumidores para el tráfico de drogas penetró en Honduras -siendo la cocaína la sustancia ilícita con el mercado más grande de consumidores en EEUU.
febrero 12, 2020

COMPRANDO MIEDO: Personas Usuarias de crack en Costa Rica

“Comprando miedo” es una de las frases que utilizan las personas que usan crack para referirse al hecho de comprar una droga que puede llevarles a experimentar estados de desasosiego o paranoia luego del uso. Aun así, mucho de este miedo que pueden experimentar las personas que usan crack no se debe solo al efecto que produce la sustancia, sino al hecho que son de las poblaciones usuarias de drogas que sufren de un mayor estigma y discriminación por parte de las autoridades y la sociedad en general, así como de una violencia directa por parte de los vendedores y traficantes de crack.
febrero 12, 2020

Estigma y Drogas, un siglo de dogma y política en Ecuador

¿Se han puesto a pensar que los sectores prohibicionistas, conservadores, retardatarios, antiderechos y otros de como estos, suelen inventar estigmas ridículos contra las poblaciones históricamente vulneradas y vulnerables? Para el padre de la microsociología, Erving Goffman (1980), el estigma reduce las posibilidades de desarrollo personal de las y los miembros de un grupo, al categorizarlos (las) bajo atributos negativos[1]. Esas características muchas veces son inexistentes, las cuales vienen solo de la visión reduccionista, limitada y esquizofrénicamente moral de quienes se oponen a la investigación, la evidencia y el ejercicio de los derechos universales que ontológicamente pertenecerían a todas y todos.